Se trata de una iniciativa del diputado José Riccardo, que atiende a quienes padecen desórdenes, enfermedades o trastornos gastrointestinales eosinofílicos.
El diputado nacional del Frente Amplio UNEN-UCR de San Luis José Riccardo presentó ante la Cámara de Diputados de la Nación un proyecto de ley para incorporar como parte integrantes del Programa Médico Obligatorio (PMO) vigente, la cobertura de las leches medicamentosas consumidas por quienes sufren de alergia a la proteína de la leche vacuna.
El proyecto también incluye a pacientes que padecen desórdenes, enfermedades o trastornos gastrointestinales eosinofílicos y será beneficiario de esta prestación todo paciente, sin límite de edad y a partir del momento del nacimiento.
Para el diputado Riccardo, la leche medicamentosa deberá ser cubierta por el PMO en el cien por ciento de su valor, contra prescripción médica y de acuerdo a las necesidades del paciente, pero en ningún caso en cantidad menor a las 10 latas, o prestación equivalente, por mes y la prestación será incorporada a los programas públicos nacionales que correspondan, debiendo hacerse la previsión presupuestaria pertinente, de manera de garantizar su eficacia si se aprueba este proyecto de ley.
El diputado de San Luis fundamente este proyecto en que el derecho a la salud está íntimamente relacionado con el derecho a la vida, primer derecho del ser humano, reconocido y garantizado por nuestra Constitución Nacional. Se habla de “alergia a las proteínas de leche de vaca (APLV)” cuando un individuo, tras la ingesta de lácteos manifiesta una respuesta anormal, con síntomas que se pueden englobar dentro de las reacciones adversas a alimentos, proceso en el que hay un mecanismo inmunológico comprobado.
Las alergias alimentarias se dan a cualquier edad, siendo más frecuentes en la primera infancia. Al ser la leche el primer alimento no homólogo que se introduce en la dieta de un lactante, es la APLV la primera alergia que debuta, afectando a un 2% de la población.
“De todos modos debe aclararse que lo que se quiere contemplar acá no es la provisión de la llamada “leche maternizada, leche de fórmula o fórmula infantil” que “es leche de vaca modificada para que puedan tomarla los bebés que no tienen acceso a la leche materna, sin significar necesariamente que sea igual o que la reemplace”. En este caso se trata de un producto modificado para que no contenga aquello que lo hace alérgeno, realmente más próximo en su concepto al de un medicamento.” explica en sus fundamentos este proyecto.
Cabe destacar que actualmente a diferencia de las leches maternizadas ya contempladas por las obras sociales sin límite de edad, las leches medicamentosas solo son cubiertas hasta el año de vida del niño por las obras sociales.
Fuente: http://www.parlamentario.com/
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